Despido objetivo

Despido objetivo: qué es, cuándo es legal y cómo impugnarlo

El despido objetivo es una de las formas más habituales de extinción del contrato de trabajo en España. Sin embargo, no todo despido objetivo es legal. Muchas empresas lo utilizan sin cumplir los requisitos exigidos por la normativa, lo que permite al trabajador impugnarlo y obtener una indemnización mayor o incluso la readmisión.

Si has recibido una carta de despido objetivo, es fundamental conocer tus derechos y actuar dentro de plazo.

¿Qué es el despido objetivo?

El despido objetivo está regulado en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores y permite a la empresa extinguir el contrato por causas justificadas.

Las principales causas son:

– Económicas: pérdidas actuales o previstas o disminución persistente de ingresos.
– Técnicas: cambios en los medios o instrumentos de producción.
– Organizativas: modificaciones en la estructura o funcionamiento de la empresa.
– Productivas: variaciones en la demanda de productos o servicios.
– Ineptitud sobrevenida o falta de adaptación del trabajador.

No basta con alegar estas causas: la empresa debe acreditarlas de forma concreta.

Requisitos del despido objetivo

Para que el despido sea válido, deben cumplirse una serie de requisitos formales:

– Entrega de carta de despido por escrito, detallando las causas.
– Puesta a disposición simultánea de la indemnización de 20 días por año trabajado (máximo 12 mensualidades).
– Preaviso de 15 días o abono en su defecto.

El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos puede determinar la improcedencia del despido.

¿Cuándo es improcedente un despido objetivo?

Un despido objetivo puede ser declarado improcedente cuando:

– No se acredita suficientemente la causa alegada.
– La carta de despido es genérica o poco detallada.
– No se abona correctamente la indemnización.
– No existe relación entre la causa y el puesto afectado.

En estos casos, el trabajador puede tener derecho a una indemnización de 33 días por año trabajado o a la readmisión.

¿Cómo impugnar un despido objetivo?

El trabajador dispone de un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para impugnarlo.

El procedimiento incluye:

– Presentación de papeleta de conciliación.
– Acto de conciliación ante el SMAC.
– Demanda ante el Juzgado de lo Social si no hay acuerdo.

Es importante actuar con rapidez, ya que el plazo es estricto y no se puede ampliar.

Despido objetivo procedente, improcedente o nulo

El juzgado puede calificar el despido como:

– Procedente: se acredita la causa y se cumplen los requisitos.
– Improcedente: la empresa no justifica adecuadamente el despido o incumple formalidades.
– Nulo: se vulneran derechos fundamentales o se afecta a situaciones protegidas (maternidad, reducción de jornada, etc.).

La calificación determina las consecuencias económicas y laborales.

Importancia del asesoramiento legal

En la práctica, muchos despidos objetivos presentan defectos formales o falta de justificación. Un análisis jurídico adecuado permite:

– Detectar errores en la carta de despido.
– Valorar la viabilidad de la impugnación.
– Reclamar la máxima indemnización posible.

Contar con un abogado especializado en derecho laboral es clave para defender tus derechos.

Preguntas frecuentes sobre el despido objetivo

¿Siempre tienen que pagar indemnización?
Sí, en el momento de la entrega de la carta, salvo causas excepcionales debidamente justificadas.

¿Puedo cobrar el paro tras un despido objetivo?
Sí, si cumples los requisitos de cotización, el despido da derecho a prestación por desempleo.

¿Qué pasa si no firmo la carta?
Nada relevante. La empresa puede acreditar la entrega igualmente.

¿Merece la pena impugnar?
En muchos casos sí, especialmente si existen dudas sobre la causa o los requisitos formales.

Asesoría legal en Sevilla

Actualidad jurídica útil

En nuestro blog compartimos contenidos jurídicos claros y actualizados, resolviendo dudas frecuentes y analizando novedades legales relevantes para particulares y .

Si sufriste un accidente en el trabajo, tienes más derechos de los que te han contado

La empresa no solo responde ante la Seguridad Social. Puede...

Liquidación de Gananciales y Planes de Pensiones

Liquidación de Gananciales y Planes de Pensiones: ¿Bien Privativo o...

Incapacidad permanente total y absoluta

Incapacidad permanente total y absoluta: diferencias, requisitos y cuantía de...

Bufete de abogados en Sevilla

Estamos para ayudarte

Contacta con nuestro bufete de abogados en Sevilla y recibe asesoramiento legal profesional, cercano y adaptado a tus necesidades jurídicas desde la primera consulta.

Nombre(Obligatorio)